MITZVOT(24)
(Continuación)
I
PRECEPTOS POSITIVOS ( MITZVOT ASÉ)
Grupo4
Presentes para el
Templo, los pobres, los Sacerdotes y los Levitas; el Año
Sabático y el Año del Jubileo; la preparación de las
comidas.
131.-VERBALIZACIÓN DEL
CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES (“VIDUI MAASER)
Es el precepto con el cual se nos ordenó
reconocer delante de Él, exaltado sea, que hemos separado
los deberes de los diezmos y las ofrendas; y exonerarse de
ellos también verbalmente, tal como en la práctica lo hemos
hecho respecto de su retención. Esto es lo que se denomina
Vidui Maaser. Como está escrito: “Y dirás delante del
Señor, tu D’os: <erradiqué la (ofrenda de) santidad de la
casa, e incluso se la entregué al Levita, al extranjero, al
huérfano y a la viuda…>”
(Deuteronomio 26:13)
Esta declaración
debe hacerse en la tarde del último Iom Tov de Pesaj,
en el cuarto año de la shemitá y en el séptimo año,
cuando el Templo está construído y en la Tierra de Israel.
132.-NARRAR LAS BONDADES
DIVINAS AL TRAER LOS BIKURIM (“MIKRA BIKURIM”)
Es el
precepto con el cual se nos ordenó narrar sus bondades
–exaltado sea- para con nosotros, agradecer a D’os por todo
esto y pedir de Él que perpetúe la bendición mientras
traemos los Bikurim.
Es lo que
Él, exaltado sea, dijo: “Y responderás y dirás delante del
Señor, tu D’os:<El arameo (Labán) quiso destruir a mi
padre…>(Deuteronomio 26:5) y el resto de todo aquel párrafo
(Deuteronomio 26:5-10)
Este precepto rige
con el Templo construído y en la Tierra de Israel. No es
obligatorio para las mujeres.
133.-SEPARAR Y ENTREGAR
‘JALÁ’ AL KOHEN.
Es el
precepto con el cual se nos ordenó separar Jalá
de
toda masa y entregarla al kohén.
Es lo que Él,
exaltado sea, dijo: “Lo primero de vuestro amasar será
ofrenda de masa, elevaréis como ofrenda” (Números 15:20)
Por ley de la
Torá, es obligatorio sólo en la Tierra de Israel.
134.-ENAJENARSE DE LO QUE
HACE CRECER LA TIERRA EN EL AÑO DE ‘SHEMITÁ’
Es el precepto con el cual se nos ordenó
renunciar al patrimonio de todo lo que hizo crecer la tierra
en el año de
Shemitá,
y liberar todo lo crecido en nuestros campos para
(usufructo) de todos. Se debe tratar la producción del
séptimo año con santidad: no comerciando con ella ni
echándola a perder.
Es lo que Él,
exaltado sea, dijo: “Y el séptimo (año) lo dejarás y te
alejarás de el(Éxodo 23:11)
Este precepto debe
ser observado por los hombres y las mujeres, sólo en la
Tierra de Israel. Y, en estos tiempos, hay quienes dicen que
rige de acuerdo con la ley de la Torá, pero otros
dicen que rige por decreto de nuestros Sabios.
(Continuará)