HOME  
 
 

Cartilla coleccionable 75

 


MITZVOT
(36)
(Continuación)

 

I PRECEPTOS POSITIVOS ( MITZVOT ASÉ)

 

Grupo6 El funcionamiento apropiado del Estado Judío

 

190.-LEYES DE LA GUERRA OPTATIVA (“MILJEMET HARESHUT”)

Es el precepto con el cual se nos ordenó la guerra[1] con el resto[2] de los pueblos. Así se nos ordenó: Si hemos de luchar con ellos, hemos de pactar con ellos por sus vidas solamente; si han de hacer paz con nosotros y nos entregan la tierra, entonces impondremos sobre ellos el pago de impuestos y servidumbre.

Es lo que Él, exaltado sea, dijo: “Serán para ti para impuesto y te servirán” (Deuteronomio 20:11)

            A criterio de Najmánides, uno de los 613 preceptos es dejar un camino abierto para que los habitantes de la ciudad sitiada que quieran escapar puedan hacerlo. Según Maimónides, empero, aquel no es más que otro de los tantos detalles que este Precepto Positivo ordena, respecto de nuestra conducta durante la guerra. En Mishné Torá (Leyes de Reyes, Cap.6, Ley 7), Maimónides expresa que al sitiar una ciudad no debemos hacerlo desde sus cuatro flancos, sino que ha de dejarse uno de ellos abierto para permitir que quien quiera escapar pudiera hacerlo y salvar su vida, como fuera dicho (Números 31:7): “Y lucharon  contra Midián según D’os ordenó a Moshé…”, ordenanza aquella que alude a este mencionado detalle del Precepto.

            ¡Cuán diferente guerrea Israel de los demás pueblos! Las naciones , en sus guerras, buscan ocasionar al enemigo cuántas más bajas les sea posible. Y si han de caer en sus manos, ¡cuán miserable es su destino! Mas no actúa así Israel, a quien guía la palabra de D’os. Incluso con los enemigos, aun idólatras, corresponde que la sagrada simiente de Israel actúe con misericordia-incluso cuando los herejes no la merezcan-para su propia exaltación, además del beneficio que se obtiene al tenerlos como súbditos tributarios y mano de obra sin erogaciones(Sefer Hajinuj, Mitzvá 503).

 

191.-NOMBRAR UN KOHEN PARA LA BATALLA (“KOHEN MASHUAJ MILJAMA”)

Es el precepto con el cual se nos ordenó nombrar un Sacerdote que hable ante el pueblo el Discurso de la Guerra[3], y que haga volver del frente a quien no es adecuado que luche, sea a causa de su debilidad[4], sea porque sus pensamientos penden de algo que le ocasiona falta de  disposición para la guerra[5], y sólo a continuación de ello se da comienzo a la batalla. Este Sacerdote se denomina Mashúaj Miljamá (Ungido para la Guerra)

Es lo que Él, exaltado sea, dijo: “Y será, en cuanto os aproximéis a la guerra, y se acercará el Sacerdote… ” (Deuteronomio 20:2)

 

(Continuará)


 

[1] La ordenanza no consiste en que indefectiblemente debamos luchar contra ellos, sino que en caso de lucha se nos ha ordenado proceder conforme ciertas leyes.

[2] Es decir, con aquellos que no pertenecen a los Siete Pueblos, a  quienes se nos ha ordenado exterminar.

[3] “Oye, Israel: vosotros os acercáis hoy a la guerra…” (Deuteronomio 20:3)

[4] Temeroso y débil de corazón

[5] Se mencionan tres causas: a)El que ha construido una casa y no la ha inaugurado. b) El que plantó un viñedo y no lo vendimió y c)El que haya desposado a una mujer y no la haya tomado.

 

Volver Home CIS



 

Comunidad Israelita de Santiago.
Horarios de Atención:
Lunes a Jueves de 08.45 hrs a 13:45 y de 14.30 a 18:45 Hrs.
Viernes de 08:45 a 14:15 hrs.

Fono: (562) 240 5000- Fax: (562) 243 6244. E - mail: info@cis.cl